Actualiza una cantidad entre dos meses con el índice general nacional del INE, que se consulta en vivo. Sirve para rentas de local, pensiones, deudas antiguas y cualquier cantidad con revisión pactada por IPC.
Alquiler de vivienda: si el contrato se firmó a partir del 26/05/2023, la renta no puede actualizarse por el IPC — la Ley 12/2023 obliga a usar el IRAV que publica el INE. Para eso está la calculadora de IRAV. El IPC sigue siendo válido para los contratos anteriores, para local de negocio y para el resto de cantidades.
Serie disponible: enero de 2002 – agosto de 2026 (último índice publicado por el INE).
Indique el importe y los dos meses para ver la actualización.
Con el método del propio INE: importe × (índice del mes final ÷ índice del mes inicial). Esta calculadora usa el índice general nacional en su serie única de base 2025 = 100, que es lo que permite dividir dos índices directamente sin coeficientes de enlace.
Esta calculadora es orientativa y no constituye asesoramiento jurídico. Las cuantías y reglas provienen de las fuentes oficiales que se citan en cada cálculo (BOE, INE, Banco de España, DGSFP); verifique el resultado antes de trasladarlo a un escrito o a una reclamación.
Rulhaven
Estas calculadoras se mantienen con las mismas fuentes primarias que alimentan Rulhaven: la plataforma que lee tus expedientes y contesta citando documento y página, redacta borradores sobre normativa vigente y vigila los plazos del despacho.
Conocer Rulhaven →Depende de la fecha del contrato. Si se firmó a partir del 26/05/2023, no: la Ley 12/2023 obliga a usar el IRAV que publica el INE. El IPC sigue siendo válido para los contratos de vivienda anteriores a esa fecha, para el local de negocio y para el resto de cantidades (pensiones, deudas, revisiones pactadas).
De la API pública del INE, consultada en vivo: el IPC se publica cada mes y una tabla fija nacería caducada. El dato de cada mes está disponible en cuanto el INE lo publica.
Sí: si el índice ha bajado en el periodo, el cociente es menor que uno y la cantidad actualizada resulta inferior. En ese caso conviene revisar si el contrato admite la revisión a la baja o solo al alza.